6534-2006-AA/TC – Caso Servicio de agua potable. Rel. Nadia Iriante Pamo. 15/11/2007. Con fecha 7 de abril de 2004 la recurrente, en representación de su menor hijo, 1 interpone demanda de amparo contra el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de 1 . / Lima (Sedapal) y contra el Gerente General Sr. Elmer Rivasplata Mendoza, solicitando ” · 1 se le restituya el servicio de agua potable en el edificio del Jr. Azángaro N.º 1045, Dpto. / 322, cuyo suministro individual es N. º 3133978-1 y el suministro principal o global del edificio es N. º 3133882; por considerar que se lesiona sus derechos a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; a la paz, tranquilidad, al disfrute del tiempo libre, descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida; a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa.
02273-2005-PHC/TC – Caso: Karen Maluca Quiroz Cabanillas – Rel. Daniel Figallo Rivadeneyra – 20/04/2006. Con fecha 9 de febrero de 2005, Karen Mañuca Quiroz Cabanillas interpone demanda de hábeas corpus contra el Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), tras considerar que al denegarle el otorgamiento de un duplicado correspondiente a su Documento Nacional de Identidad (DNI) se vulneran sus derechos constitucionales a la vida, a la identidad, a la integridad psíquica y física, al libre desarrollo y bienestar y a la libertad personal.
0030-2005-PI/TC – Caso: Barrera Electoral – Rel. Sergio Ramos Lianos – 02/02/2006. Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por más del 25% del número legal de miembros del Congreso de la República contra la Ley N.o 28617 -Ley que establece la Barrera Electora.
0019-2005-PI/TC–Resolicio 01575-2007-HC/TC – Caso: Arresto Domiciliario – Rel. Daniel Figallo Rivandeneyra. 21/07/2005. Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por más del 25% del número legal de miembros d 1 Congreso de la República contra el Artículo Único de la Ley N.O 28568, que modifica el artículo 47° del Código Penal.
0050-2004-AI/TC, 0051-2004-AI/TC, 0004-2005-AI/TC, 0007-2005-AI/TC – Caso: Reforma Constitucional Respecto al DL 20530 – Rel. Daniel Figallo Rivadeneyra. 03/06/2005. Demandas de inconstitucionalidad interpuestas por el Colegio de Abogados de Cusco; por el Colegio de Abogados del Callao; por más de cinco mil ciudadanos con firmas debidamente certificadas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil representados por Juan Peña Figueroa, Víctor Lazo Cárdenas y Adolfo Juan Arbulú Castro; y, por más de cinco mil ciudadanos con firmas debidamente certificadas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil representados por el doctor Carlos Blancas Bustamante, contra las Leyes N° 28389 Y N° 28449.
1417-2005-PA/TC – Caso: Manuel Anicama Hernández – Rel. Alva Orlandini -08/05/2005. Con fecha 6 de mayo de 2003, el recurrente interpone demanda de amparo contra la Oficina de Normalización Previsional (ONP), con el objeto que se declare la nulidad de la Resolución N.º 0000041215-2002-ONP/DC/DL 19990, de fecha 2 de agosto de 2002, por considerar que vulnera su derecho fundamental a la pensión, toda vez que resolvió denegar su solicitud de pensión de jubilación adelantada.
0256-2003-HC/TC – Caso: Francisco Javier Francia Sánchez. Rel. García Toma. 21/04/2005. El recurrente, con fecha 14 de octubre de 2002, interpone demanda de hábeas corpus a favor de don Francisco Javier Francia Sánchez, quien había fallecido a las 14:00 hora de ese día, y la dirige contra el director del Hospital Nacional “Dos de Mayo”, por haber dispuesto la retención, en forma arbitraria, del cadáver del occiso, hasta que se cancele la suma de S/. 2,ooo. Alega que ello vulnera el derecho a la dignidad de la persona, y solicita que se ordene la devolución del cadáver.
0042-2004-AI/TC – Caso: Espectáculos Taurinos – Rel. Daniel Figallo Rivadeneyra – 13/04/2005. Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don Luis Alejandro Lobatón Donayre y más de cinco mil ciudadanos, contra el artículo 54° del Decreto Legislativo N.o 776, Ley de Tributación Municipal, modificada por el Decreto Legislativo N.o 952, en cuanto establece que el impuesto a los spectáculos públicos no deportivos grava el monto que se abona por concepto de ingreso a espectáculos públicos no deportivos en locales y parques cerrados con excepción de los espectáculos en vivo de teatro, zarzuelas, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados como culturales por el Instituto Nacional de Cultura.
0034-2004-AI/TC – Caso: Medio Pasaje – Rel. Sergio Ramos Lianos. 15/02/2005. Las normas constitucionales referidas a la igualdad ante la ley (inciso 2, artículo 2° de la Constitución), los deberes primordiales del Estado (artículo 44° de la Constitución), rol económico del Estado (artículo 59° de la Constitución), pluralismo economico (artículo 60° de la Constitución) y libre competencia (artículo 61 ° de la Constitución).